La sentencia declara probado que no hubo “atentado ni agresión” en el caso Pérez-Pavón

Juan Ramón Pérez tras la denuncia de los hechos
photo_camera Juan Ramón Pérez tras la denuncia de los hechos

La familia Pavón Jurado estudia recurrir el fallo a la Audiencia Provincial

CABRA, 10/08/2018

Juan Ramón Pérez tras la denuncia de los hechos Juan Ramón Pérez tras la denuncia de los hechos (FOTO: archivo)[/caption]

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Cabra ha resuelto en Primera Instancia el litigio de lesiones, ofensa y coacciones que mantenían Juan Ramón Pérez Valenzuela, teniente de alcalde del Ayuntamiento de Cabra, y David Pavón Jurado, vecino de la localidad.

La controversia surgió, hace ahora aproximadamente un año, cuando Pérez Valenzuela denunció haber sido víctima de un “atentado y agresión” en plena calle por parte de David Pavón.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso TV Centro Andalucía, Pérez Valenzuela solicitó para Pavón Jurado tres meses de multa, a razón de 10 euros diarios, por un delito leve de falta de respeto, y otra similar por delito leve de lesiones más el pago de una indemnización de 2.204,28 euros por los daños sufridos.

Por su parte, según figura en el fallo, Pavón solicitó que el responsable público fuera condenado por delito leve de lesiones y delito leve de coacciones a una multa de tres meses con cuota diaria de 12 euros por cada delito y a una indemnización por lesiones de 240 euros.

Tal y como aparece probado en la sentencia, David Pavón “escupió en la cara” a Pérez Valenzuela quien “seguidamente se dio media vuelta para exigirle explicaciones por lo sucedido”, pero “continuó su camino en el sentido de su marcha, haciendo caso omiso a tales peticiones”. Ante esta negativa, el texto precisa que Pérez “fue tras él, advirtiéndoles de que iba a llamar a la Policía Local, llegando a cogerle del brazo para impedir que se marchara”, siendo entonces cuando Pavón Jurado, “con intención de zafarse propinó un golpe en la cara, y siguió caminando, siendo seguido en todo momento” por el edil hasta el punto en que “ambos se enzarzaron nuevamente en una pelea” en la que “se intercambiaron golpes respectivamente, hasta que David Pavón Jurado logró llegar hasta su domicilio”. Como consecuencia, las dos partes presentaron lesiones valoradas por un informe médico forense.

Según explica el fallo, ambos negaron “cualquier agresión intencionada hacia la persona del otro”, existiendo contradicciones en sendas declaraciones sobre las agresiones sufridas. A ello se suma la prueba testifical dada por Francisco Casas, delegado municipal de Turismo y Deportes, que acompañaba a Pérez en el momento de los hechos, y que según la instructora no “puede valorarse por su relación de amistad y compañerismo”. También se tomó en cuenta durante el proceso la prueba testifical ofrecida por el camarero de un establecimiento cercano en relación a las lesiones, sobre la que la jueza señala que adoleció de la precisión y persistencia necesarias para aclarar qué papel tuvo cada uno de los implicados en la agresión enjuiciada”. En su testimonio, el trabajador afirmó que Pérez Valenzuela “agarraba a Pavón, mientras que éste lo que pretendía era escapar e irse”.

Relativo al delito de coacciones que se juzgaba contra el representante público, la sentencia afirma “que en el vídeo se pueden observar gestos de indignación y furia por parte de Pérez Valenzuela al no ser atendido en sus reclamaciones, incluso llega a coger por el brazo a Pavón y a encararse frente a él, pero teniendo en cuenta que el hecho duró apenas cinco o diez minutos, y que no llegó a alterar el fin pretendido por Pavón de conseguir llegar a su casa, no cabe apreciar delito leve de coacciones”.

Por todo ello, la sentencia declara absueltos a Pérez Valenzuela del delito de lesiones y coacciones y también a Pavón del delito de lesiones, a la vez que le condena a la pena mínima de multa de 90 euros por delito leve de falta de respeto y consideración debida a la autoridad. Ninguna de las partes queda obligadas a indemnización económica, según el texto.

La familia Pavón Jurado, según ha podido conocer esta redacción, contempla la posibilidad de recurrir esta sentencia a la vez que estudia interponer demanda contra Pérez Valenzuela y Fernando Priego, alcalde de Cabra, por calificar públicamente durante la rueda de prensa posterior a los hechos como “atentado y agresión”, desvelando el nombre y apellidos del ahora absuelto del delito de lesiones, David Pavón Jurado.

Según declararon fuentes de la familia a este medio, “ha quedado probado ya en primera instancia que no hubo atentado ni agresión”.

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