El TSJA condena al Ayuntamiento de Cabra a pagar más de 400.000 euros por la Nave de Galisteo

Nave de Galisteo (FOTO: archivo)
photo_camera Nave de Galisteo (FOTO: archivo)

La Justicia da la razón a la familia Pavón que denunció una supuesta irregularidad en la composición de la Comisión de Valoración 

CABRA, 03/02/2019

El controvertido caso de la expropiación de la Nave de Galisteo, ubicada en la avenida de Andalucia de Cabra y por la que discurrirá la futura ronda A-10, cuenta con un nuevo capítulo después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía -TSJA- haya revisado el proceso a petición de la familia Pavón, propietaria del inmueble, al considerar supuestas irregularidades en el trámite de fijación del precio de expropiación. Así, el pasado 26 de enero falló en favor de los demandantes al entender que la composición de la Comisión Provincial de Valoraciones fue irregular, puesto que el delegado de Obras del Consistorio egabrense, Juan Ramón Pérez, participó con voz y voto de forma contraria a lo dispuesto por el artículo 4 del Real Decreto 87/2004 donde se exigía que el Ayuntamiento fuese representado por un técnico en la materia y no por un representante del Gobierno municipal.

Este hecho ya provocó una pregunta en el Pleno municipal por el portavoz del Grupo municipal socialista, Antonio Caballero, a quien el propio alcalde, el popular Fernando Priego, respondió que el Ayuntamiento de Cabra no había cometido “ninguna ilegalidad” en el proceso expropiatorio.

Una razón a la que se sumó otro motivo, en los que se fundamenta la sentencia, y que fue la declaración del arquitecto municipal, Antonio Moya Somolinos, quien desde el primer momento manifestó de forma pública, incluso en medios de comunicación, su desacuerdo con la valoración de la finca dando desde un inicio razón al justiprecio de los despropiados.

Como consecuencia de ello, la sentencia obliga al abono del justiprecio de la cantidad de “409.216,74 euros, más el premio de afección del 5% e intereses legales en los términos solicitados en la demanda”. A ello habrá que sumar 1.000 euros de costas procesales, lo que supone de forma aproximada un abono de más de 250.000 euros más de lo fijado inicialmente. Un dictamen al que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, aunque fuentes jurídicas comentaron a este medio que la propia sentencia se sustenta sobre jurisprudencia del propio tribunal. 

Nave de Galisteo (FOTO: archivo) Nave de Galisteo (FOTO: archivo)[/caption]